20/12/2018

Deducción Autonómica por instalaciones de autoconsumo o renovables. Comunitat Valenciana

Publicada la RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2018, de la directora general del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se establecen los requisitos y procedimiento para la obtención de la certificación acreditativa que permite la deducción autonomica en el IRPF por inversiones en instalaciones de autoconsumo o de energías renovables en la vivienda habitual

La Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat, permitia a los contribuyentes poder deducirse un 20 % del importe de las cantidades invertidas en instalaciones realizadas en la vivienda habitual y en instalaciones colectivas del edificio a alguna de las finalidades que se indican a continuación, siempre que estas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica, de conformidad con la normativa estatal reguladora del impuesto:

  • a) Instalaciones de autoconsumo eléctrico, según lo establecido en el artículo 9.1 a) de la Ley 24/2013, de 16 de diciembre, del sector eléctrico, y su normativa de desarrollo (modalidad de suministro de energía eléctrica con autoconsumo).
  • b) Instalaciones de producción de energía térmica a partir de la energía solar, de la biomasa o de la energía geotérmica para generación de agua caliente sanitaria, calefacción y/o climatización.
  • c) Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía solar fotovoltaica y/o eólica, para electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica de distribución y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.

Las actuaciones objeto de deducción deberán estar realizadas por empresas instaladoras que cumplan los requisitos establecidos reglamentariamente.

La base de esta deducción estará constituida por las cantidades efectivamente satisfechas en el ejercicio por el contribuyente, con la base máxima anual de 8.000 euros.