El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del proyecto de ley para fomentar el trabajo autónomo y la economía social con la idea de modificar y actualizar la normativa en materia de empleo autónomo.
Los incentivos en vigor que hasta ahora encontrabamos en diversas normas se recogerán en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo y se amplían los incentivos ya existentes a otros colectivos
Ampliación de la Tarifa Plana
En relación con la Tarifa Plana para Autónomos, la nueva Ley fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en 50 euros durante seis meses y amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por cuenta ajena.
Segunda oportunidad
El nuevo proyecto de Ley extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales para emprender una actividad por cuenta propia. De esta forma, la prestación por desempleo se podrá utilizar capitalizando el 100% en un único pago, capitalizar solo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.
Además, los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el RETA, posibilidad hasta ahora reservada únicamente a los menores de 30 años. Para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.
Y una novedad, la nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral y se amplían los incentivos para familiares colaboradores que podrán beneficiarse de una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social en del 50% los primeros 18 meses y del 25% durante seis meses más.