El Modelo 145(pdf), es el documento con el que comunicamos nuestros datos censales y personales a la empresa que nos ha contratado, con el fin de que nuestra retención en nómina, sea conforme a nuestra situación familiar.
Este documento, sin embargo, es seguramente uno de los que menos atención se le presta, y esto hace que en múltiples ocasiones se aporte indebidamente cumplimentado.
Todos los que nos dedicamos a «esto» nos encontramos a menudo el modelo 145 rellenado de forma incorrecta; seguramente el caso más frecuente de comunicación incorrecta son los solteros/as SIN hijos que marca la Situación 1, cuando no lo es. La situación 1 indica que hay que ser «soltero/a, viudo….» CON (es decir, además) «… con hijos solteros….». Este error además es más chocante cuando la Situación 3 pone como ejemplo «solteros sin hijos».
En cualquier caso, y a lo que vamos. Los perceptores de rentas del trabajo son los que tienen la obligación de facilitar al pagador las circunstancias determinantes para el cálculo de las retenciones o ingresos a cuenta procedentes.
Tanto es así que el responsable de esta comunicación inexacta de sus datos es el perceptor de las rentas, y es quien debe responder frente a la Administración Tributaria en los casos en los que el porcentaje de retención o ingreso a cuenta practicado no sea el correcto porque no se comunicaron exactamente los datos de la situación familiar. art. 88 RIRPF (RD 439/2007)
Si tus circunstancias personales han cambiado enero de 2020 es un buen momento para aportar el modelo 145 debidamente cumplimentado.
Sabias que...
Cuando un contribuyente es nombrado tutor de un hermano con discapacidad mediante sentencia judicial, tiene derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en la declaración del Impuesto sobre la Renta, y por discapacidad del descendiente recogidos en el artículo 60 de la Ley del Impuesto, siempre que el hermano discapacitado no tenga rentas anuales propias, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, y que no esté obligado a presentar declaración por dicho tributo.
Además, el trabajador dependiente a efectos del cálculo de las retenciones, podrá incluir a su hermano en el modelo 145 de comunicación de datos al pagador dentro de la casilla correspondiente a los descendientes.
Si tienes alguna duda, consúltanos.