07/01/2020

7 marzo de 2020. Obligatoriedad de elaboración del Plan de Igualdad para empresas de más de 150 personas en plantilla.

Como ya adelantamos en entradas anteriores, hasta ahora la elaboración de los Planes de Igualdad solo afectaba a las empresas con más de 250 trabajadores, pero desde el pasado 7 de marzo de 2019 y regulado por el Real Decreto Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, que modificaba la Ley Orgánica de Igualdad 3/2007, se han introducido cambios que afectan a la obligación de la negociación de planes de igualdad en las empresas de más de 50 trabajadores y que entrarán en vigor de forma progresiva:

  • A partir del 7 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 y hasta 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de entre 50 a 100 personas en plantilla
Desde Dandelion Consultores podemos asesorarte para el cumplimiento de esta obligación. Aunque de momento la obligación no exista para muchas empresas la tendencia es clara hacia el objetivo de que todas las empresas tengan un Plan de Igualdad, bien por obligación legal, bien por encaje de estos planes en los criterios de adjudicación para contratación pública.
Orden PCI/566/2019, de 21 de mayo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de abril de 2019, por el que se aprueba el Plan para el impulso de la contratación pública socialmente responsable en el marco de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
El Pais - 5 Días
La contratación pública impulsa la igualdad de género  (enlace externo cincoDías 6 junio 2019)