Como ya adelantamos en entradas anteriores, hasta ahora la elaboración de los Planes de Igualdad solo afectaba a las empresas con más de 250 trabajadores, pero desde el pasado 7 de marzo de 2019 y regulado por el Real Decreto Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, que modificaba la Ley Orgánica de Igualdad 3/2007, se han introducido cambios que afectan a la obligación de la negociación de planes de igualdad en las empresas de más de 50 trabajadores y que entrarán en vigor de forma progresiva:
- A partir del 7 de marzo de 2020, deberán tenerlo todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
- A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 y hasta 150 personas en plantilla.
- A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de entre 50 a 100 personas en plantilla
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La contratación pública impulsa la igualdad de género (enlace externo cincoDías 6 junio 2019) |
A tener en cuenta...
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Providencia de 7 de mayo de 2019, acordó admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2206-2019, contra el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo («B.O.E.» 14 mayo).